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La Corte Constitucional avanza en el estudio de la recusación presentada por la senadora Paloma Valencia contra el magistrado Héctor Carvajal, dentro del proceso en el que se analiza la constitucionalidad de la reforma pensional.Valencia, quien interpuso la demanda de inconstitucionalidad el 18 de julio de 2024, sostuvo que la ley fue aprobada sin cumplir con el debate reglamentario en la plenaria de la Cámara de Representantes. La Corte admitió la demanda el 13 de agosto de 2024, y luego decidió continuar el estudio únicamente sobre el primer cargo, al considerar que en el segundo debate legislativo se incurrió en un vicio de procedimiento.Héctor Carvajal en el nombramiento como nuevo magistrado de la Corte Constitucional Foto:César Melgarejo/ El TiempoEn octubre de este año, la demandante presentó una recusación contra el magistrado Carvajal, alegando que, antes de integrar la Corte Constitucional, habría emitido conceptos jurídicos sobre la constitucionalidad de la misma ley cuando se desempeñaba como contratista de Colpensiones.La Sala Plena declaró la pertinencia de la recusación y abrió el trámite respectivo bajo la causal de “haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada”.En su respuesta, recibida el 22 de octubre, el magistrado Carvajal Londoño señaló que la recusación “no está llamada a prosperar” por considerarla extemporánea y sin fundamento, y sostuvo que no existe “identidad absoluta entre el objeto del concepto y la decisión que ahora debe adoptarse”. No obstante, pidió a la Corte dar trámite rápido al caso para no retrasar el proceso.Corte Constitucional Foto:CortesíaEl 23 de octubre, la Secretaría General informó a la recusante que contaba con tres días para solicitar las pruebas necesarias. En su escrito, Paloma Valencia pidió que Colpensiones remitiera los conceptos jurídicos elaborados por Carvajal sobre la Ley 2381 de 2024, los soportes de supervisión de los contratos de prestación de servicios Nos. 070 de 2024 y 005 de 2025, y la certificación de las fechas en que estos fueron entregados.El magistrado sustanciador, Jorge Enrique Ibáñez Najar, ordenó mediante auto que Colpensiones entregue en un plazo de cinco días:”Los conceptos jurídicos que el entonces contratista Héctor Alfonso Carvajal Londoño presentó a Colpensiones, en desarrollo o ejecución de los contratos de prestación de servicios”, dice el auto. Además, los documentos a través de los cuales se le solicitó rendir dichos conceptos; los anexos o soportes jurídicos correspondientes y la copia de los informes específicos mensuales entregados por el contratista durante la vigencia de los contratos”.Asimismo, se solicitó al jefe de la Oficina Asesora de Asuntos Legales de Colpensiones, Jorge Eliecer Morales Acuña, que entregue los informes de supervisión de los contratos y certifique la fecha y hora de entrega de los conceptos jurídicos elaborados por Carvajal.Una vez recibida la documentación, la Corte correrá traslado tanto al magistrado recusado como a la demandante, para que puedan pronunciarse dentro del término de tres días.Redacción Justicia
