![]()
El Consejo de Estado admitió una demanda que podría poner en entredicho la personería jurídica del partido La Fuerza de La Paz, fundado por el exsenador Roy Barreras. La acción judicial fue presentada el 21 de octubre de 2025 por los abogados Samuel Alejandro Ortiz Mancipe y Lucas Durán Hernández, en ejercicio del medio de control de nulidad consagrado en el artículo 137 de la Ley 1437 de 2011.Los demandantes piden que se declare la nulidad de la Resolución 5436 del 5 de diciembre de 2022, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) reconoció la personería jurídica de la colectividad, y que se suspendan provisionalmente los efectos de ese acto administrativo.Roy Barreras, expresidente del Congreso. Foto:Prensa Roy BarrerasSegún el documento, la creación de La Fuerza de la Paz como resultado de una escisión del movimiento político Alianza Democrática Amplia (ADA) se produjo en un contexto en el que el CNE adelantaba procesos sancionatorios contra ese movimiento. Por esa razón, argumentan los abogados, no podía acordarse la escisión ni otorgarse el reconocimiento jurídico al nuevo partido, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 1475 de 2011.El expediente relata que el 13 de septiembre de 2022, Paulino Riascos Riascos y Víctor Hugo Golu Montenegro, en calidad de representante legal y secretario del ADA, solicitaron al CNE reconocer la personería jurídica del nuevo partido. La solicitud incluyó los documentos de la Convención Nacional realizada el 7 de septiembre de ese año.Consejo de Estado. Foto:Jesús BlanquicetPor reparto interno, el caso correspondió al despacho de la magistrada Alba Lucía Velásquez Hernández. Mediante auto del 24 de octubre de 2022, la magistrada avocó conocimiento del asunto en el marco del proceso de escisión adelantado dentro del movimiento político ADA, que posteriormente dio origen a La Fuerza de la Paz.Al revisar la demanda, el magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez, de la Sección Quinta del Consejo de Estado, consideró que esta cumplía con los requisitos formales previstos en los artículos 162 y 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Por esa razón, decidió admitirla en única instancia.Roy Barreras Foto:Milton Díaz. EL TIEMPOEn su auto, el magistrado precisó que los demandantes aportaron copia de la resolución cuestionada y las pruebas que pretenden hacer valer en el proceso. Con ello, el alto tribunal iniciará el estudio de fondo sobre la legalidad del acto que dio vida al partido La Fuerza de la Paz, que hoy tiene representación en el Congreso.En todo caso, se abre la puerta para que el Consejo de Estado analice si el CNE actuó dentro de los límites legales al otorgar la personería jurídica a la colectividad liderada por Roy Barreras.JUAN DIEGO TORRESJusticia
