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La Corte Constitucional, en un auto firmado por el magistrado Carlos Camargo, negó la prórroga solicitada por el Ministerio de Salud para cumplir con la entrega de información sobre el reajuste de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), incumplimiento por el cual el alto tribunal abrió un incidente de desacato contra el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo.En el marco del seguimiento a la crisis del sistema de salud, el alto tribunal le había exigido al Ministerio solucionar las deficiencias del sistema de información para que fuera confiable en la estimación de la Unidad de Pago por Capitación, garantizar la suficiencia de esa tarifa y avanzar en la equiparación del valor de la UPC entre los regímenes contributivo y subsidiado.Guillermo Jaramillo, ministro de Salud. Foto:Cristian Garativo / Presidencia de la RepúblicaA través de un correo electrónico recibido el 16 de diciembre de 2025, el Ministerio pidió ampliar el plazo de cumplimiento de estas órdenes, que vence el viernes 19 de diciembre a las 5:00 de la tarde, para entregar la información exigida por la Corte. Según el ministerio, los requerimientos implican un “volumen de información extremadamente alto” que haría imposible su remisión completa en un término de 48 horas.La cartera alegó que dicha orden “reúne una pluralidad de mandatos distintos, lo que supone, a su juicio, un procesamiento técnico complejo y de gran magnitud”.Sin embargo, la Sala Especial encargada del seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 (que declaró el estado de cosas inconstitucional en materia de salud) fue enfática en señalar que se trata de una problemática conocida y sistemática. Las órdenes cuyo presunto incumplimiento dio lugar al incidente de desacato, recordó la Corte, se impartieron desde el Auto 411 de 2016 y fueron reiteradas en los autos 109 de 2021, 996 de 2023 y 007 de 2025.Para el alto tribunal, no se trata de órdenes que tomen por sorpresa a la entidad, sino de directrices emitidas de manera constante en el marco del seguimiento a una crisis estructural que persiste desde hace más de nueve años.Carlos Camargo, magistrado ponente de la Sala de Seguimiento en Salud. Foto:John Pérez / El TiempoEl magistrado Camargo subrayó que el artículo 27 del Decreto 2591 de 1991 exige el cumplimiento inmediato de las órdenes judiciales, sin dilaciones. En ese contexto, “consideró irrazonable seguir extendiendo los plazos, máxime cuando la situación actual del Sistema General de Seguridad Social en Salud “no da espera”.La Corte también advirtió que el plazo pedido por el Ministerio coincidía con la vacancia judicial, lo que habría supuesto una nueva mora en la entrega de información que la entidad ya debería tener a la mano y que es clave para avanzar, de una vez por todas, en la superación de la crisis estructural del sistema.Además, el despacho desvirtuó el argumento del Ministerio según el cual se trataría de un “presunto incumplimiento”. Por el contrario, recordó que el Auto 2049 de 2025 fue claro al señalar que “persiste el incumplimiento general del componente de suficiencia de la UPC”, una conclusión respaldada en el balance general de la Corte y que dio lugar a órdenes judiciales que la entidad ha intentado evadir a punta de recursos.Con esta decisión, el alto tribunal volvió a poner el foco en la responsabilidad del Gobierno frente a una crisis que “no admite más aplazamientos”.Conservatorio 40 años después: Justicia y memoria Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia
